Casi imposible encarcelar a quien contagie #Covid_19

Desde mayo de este año el PVEM en el Congreso ya quería elevar las penas de cárcel por riesgo de contagio. Foto Archivo

La propuesta de ampliar las penas de cárcel a quien contagie Covid_19 a otras personas será prácticamente letra muerta porque no hay criterios técnicos, jurídicos ni científicos para demostrar que alguien propagó deliberadamente la enfermedad.

Abel Carreón Mora, abogado penalista y Juana Inés Jiménez Perdomo, subdirectora de atención a grupos en situación de vulnerabilidad de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México dijeron que aunque se apruebe elevar las penas por el llamado delito de riesgo de contagio, la medida no servirá de nada.

Juana Inés Jiménez recordó que las convenciones internacionales y la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establecen restricciones a los derechos humanos cuando éstos ponen en riesgo el ejercicio de los derechos de otras personas.

«Cada persona debe ser consciente de que debe cuidarse ante la pandemia por Covid_19, porque tiene la responsabilidad de cuidar a otras personas, por eso el derecho de libertad de tránsito debe estar limitado para evitar contagios», dijo.

El 3 de diciembre pasado la bancada del Partido Verde Ecologista de México en el Congreso del Estado presentó una propuesta de reformas al Código Penal del Estado de México para duplicar las penas de cárcel a quien contagie a otra persona de Covid_19, a sabiendas de que está contagiada o enferma. (Ver Nota)

El artículo 252 del Código Penal mexiquense establece: “quien sabiendo que padece una enfermedad grave en período infectante ponga en peligro de contagio a otro, por cualquier medio de transmisión, se le aplicará una pena de seis meses a dos años de prisión y de 30 a 60 días multa y se persigue por querella del ofendido».
Abel Carreón Mora, abogado litigante y quien ha logrado excarcelar a personas presas falsamente, dijo que elevar las penas no es la solución para prevenir los contagios del coronavirus SARS-Cov2.
Recordó que el delito de riesgo de contagio requiere en principio de una denuncia por parte de quien se considere víctima y la carencia y deficiente tecnología para presentar denuncias son ya un obstáculo para que se inicien carpetas de investigación.
Abrir carpetas sobre un delito que además será difícil de probar, sólo va a cargar aún más de trabajo a los de por sí saturados ministerios públicos, dijo Carreón Mora.
De acuerdo con la organización Impunidad Cero, el Estado de México enfrenta terribles rezagos en investigación de delitos y en procesos penales. (Ver más)
En el #Edomex apenas hay 5.4 agentes del ministerio público por cada cien mil habitantes y cada agencia ministerial lleva una media de 301.4 carpetas de investigación, para la cual apenas hay 4.9 policías ministeriales y sólo 2.1 peritos por cada cien mil habitantes.
Lo más difícil, según Carreón Mora, será que la persona denunciante y en su caso la Fiscalía, puedan demostrar que la persona acusada tenía conocimiento de estar enferma. «¿Cómo demuestras que una persona estaba enferma? Es imposible», dijo.
Para Juana Inés Jiménez Perdomo, subdirectora de atención a grupos en situación de vulnerabilidad de la CODHEM, no sólo será prácticamente imposible demostrar que alguien cometió deliberadamente este delito, sino que muestra una vez más que «hay un uso excesivo del derecho penal», criminalizando por anticipado a cualquier persona.
Jiménez Perdomo y Carreón Mora estuvieron de acuerdo en que elevar las penas de cárcel por el delito de riesgo de contagio, sólo abrirán la puerta a violaciones al debido proceso y a las garantías de las personas acusadas y no garatizarán el cumplimiento del objetivo que es detener el contagio.
Juana Inés Jiménez dijo que desde el inicio de la pandemia por Covid_19 la CODHEM ha documentado varios abusos en contra de personas privadas de su libertad que han sido aisladas dentro de las diferentes prisiones en el Edomex, tan sólo por haber presentado algún síntoma que podría estar relacionado, pero que terminaron violando derechos humanos.

Andrés A. Solis

Periodista desde 1989. Ha trabajado en medios impresos, radio, televisión y tiene más de 20 años de experiencia en medios digitales. Ha sido docente en la Escuela de Periodismo "Carlos Septién García" y en diplomados especializados en la Universidad Nacional Autónoma de México, Universidad Autónoma del Estado de México y la Universidad de las Américas de Puebla. Ha sido instructor en el Centro de Formación en Periodismo Digital de la Universidad de Guadalajara. Autor del Manual de Autoprotección para Periodistas y la Guía de Buenas Prácticas para la Cobertura Informativa sobre Violencia.

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