Nuevo tránsito en Toluca: sanciones, fotomultas y operativos

Toluca enfrentará una nueva forma de regular la movilidad. Con la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Tránsito del Estado de México, la capital mexiquense se prepara para operar un sistema que redefine cómo se sancionan las infracciones, quién puede multar, cómo se notifican las faltas y bajo qué criterios pueden retenerse documentos. Las reformas incorporan equipos tecnológicos, rangos sancionatorios en lugar de multas fijas y procedimientos específicos para vehículos locales y foráneos.

Marco legal y cambios clave del Reglamento

El 25 de noviembre de 2025 entró en vigor la actualización del Reglamento de Tránsito, publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México. La reforma incorpora nuevos criterios de proporcionalidad, procedimientos electrónicos y figuras operativas.

Eliminación de multas fijas y adopción de rangos

La exposición de motivos establece que el objetivo es sustituir las multas fijas por sanciones en rangos:

“[…] requiere ser reformulado para eliminar las multas fijas, sustituyéndolas por rangos mínimos, medios y máximos, conforme a los criterios de proporcionalidad establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.”

Los montos están expresados en UMAs y se clasifican por infracción con tres posibles niveles (mínimo, medio y máximo). Estos se determinan según la gravedad, reincidencia y circunstancias de la falta.

Quién puede multar y cómo

Solo agentes de tránsito (mujeres) están facultadas

El artículo 3 Bis introduce una definición específica:

Agente de Tránsito: A las mujeres facultadas para imponer sanciones en los términos precisados en el Código Administrativo del Estado de México y en este Reglamento.”

Esto establece que las sanciones en vía pública deben provenir de agentes mujeres debidamente identificadas y equipadas con terminal electrónica.

Procedimiento de infracción: boleta electrónica y evidencia

Emisión de boleta por agente

El artículo 125 establece:

“Las sanciones […] serán impuestas por la agente de tránsito que tenga conocimiento de la comisión de la infracción […] y deberán constar en la boleta de infracción emitida por la terminal electrónica autorizada por la Secretaría de Seguridad o por los ayuntamientos.”

La boleta debe contener:

  • Datos del vehículo (placa, entidad).

  • Lugar, hora y descripción de la infracción.

  • Identificación de la agente.

  • Firma autógrafa o digital de la agente.

Boletas generadas por equipos tecnológicos

El artículo 125 Ter regula la validez de las infracciones captadas por cámaras o sistemas tecnológicos. La boleta debe incluir:

  • Evidencia del sistema.

  • Ubicación exacta del dispositivo.

  • Fecha y hora.

  • Identificación del equipo.

Uso de tecnología: cámaras, carriles confinados y ciclovías

El acuerdo establece:

“Los equipos tecnológicos para la captación y generación de infracciones se utilizarán únicamente en carriles confinados para transporte público, masivo o de alta capacidad y ciclovías.”

Esto significa que las fotomultas no operarán en cualquier punto, sino en zonas delimitadas por norma. Su ubicación debe hacerse pública.

Aplicación de multas: cómo se sanciona y cómo se paga

Descuento por pronto pago

La Secretaría de Seguridad confirmó que el descuento por pronto pago será:

  • Hasta 50% si se paga al momento o dentro de los primeros 15 días hábiles.

Métodos de pago

Las sanciones podrán pagarse:

  • A través de la terminal portátil de la agente.

  • En línea, mediante la plataforma estatal.

  • En centros autorizados.

Vehículos foráneos: retención de documentos

En el caso de vehículos con placas de otras entidades, la autoridad podrá retener licencia, tarjeta de circulación o placa como garantía del pago cuando no se liquide en el momento.

El documento retenido se recupera en las oficinas designadas por los municipios o por la Secretaría de Seguridad, según corresponda.

Reglas específicas para motociclistas

El Reglamento refuerza medidas como:

  • Uso obligatorio de casco certificado bajo normas nacionales o internacionales.

  • Restricciones para transportar menores.

  • Prohibición de maniobras que pongan en riesgo a terceros.

Fotomultas: notificación y procedimiento

Cuando la infracción sea detectada por sistema tecnológico:

  • La boleta se genera en automático.

  • Se notifica al propietario registrado en el padrón vehicular.

  • La evidencia debe cumplir con requisitos de autenticidad y calibración del equipo.

Esto implica que, en casos de vehículos prestados o adquiridos sin cambio de propietario, la notificación llegará al dueño registrado.

Puntos operativos críticos 

Estos elementos no son opinión: son aspectos operativos necesarios para el cumplimiento del reglamento, derivados directamente de lo exigido por la norma.

Disponibilidad de agentes de tránsito mujeres

La correcta aplicación depende del número de agentes facultadas, su distribución por zona, horarios de servicio y equipamiento de terminales. La Gaceta exige que la sanción sea emitida por “la agente”, lo que demanda cobertura suficiente.

Calibración y señalización de equipos tecnológicos

El reglamento obliga a que los dispositivos:

  • Estén debidamente calibrados.

  • Tengan ubicación pública y verificable.

  • Sean utilizados en zonas habilitadas.

Capacidades administrativas para liberar documentos retenidos

La norma prevé retención de documentos a vehículos foráneos; su correcta ejecución depende de:

  • Horarios de módulos de atención.

  • Número de ventanillas.

  • Tiempos de respuesta administrativos.

Notificación y tiempos en fotomultas

La operación requiere:

  • Que el padrón vehicular esté actualizado.

  • Que los sistemas de notificación sean eficientes.

Lo que cambia para los ciudadanos en Toluca

  • Las multas ya no tienen un monto fijo: ahora se aplican por rango.

  • Solo agentes mujeres pueden infraccionar en vía pública.

  • Las boletas deben emitirse en terminal electrónica.

  • Las cámaras operan únicamente en carriles confinados y ciclovías.

  • Existe descuento del 50% por pronto pago.

  • A vehículos foráneos se les pueden retener documentos.

  • Las fotomultas se notifican al propietario según padrón.

Con la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Tránsito, Toluca inicia un periodo de adecuación administrativa y operativa para aplicar los procedimientos establecidos en la norma. La autoridad municipal y estatal deberá informar, en los próximos días, los detalles sobre la distribución de agentes, la ubicación de equipos tecnológicos y los mecanismos de atención al público para garantizar el cumplimiento de las disposiciones previstas.

América Muñoz Herrera

Licenciada en Ciencias de la Comunicación. Periodista con más de 13 años de trayectoria en distintos medios de Comunicación de Veracruz y el Estado de México. También ha colaborado en gobiernos municipales. Su lema es que no es un producto terminado y está en constante aprendizaje.

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