Las omisiones, anomalías e irregularidades en el proceso de enjuiciamiento del asesinato de María Eugenia Machuca Campos, originaria de Ocoyoacac, continúan, por lo que la familia de la víctima analiza promover otro amparo.
Elizabeth Machuca, hermana de la víctima, manifestó que ya no saben si las autoridades están a favor de los deudos o del asesino, pues los magistrados no solo han incumplido con los estándares internacionales para fijar la reparación del daño sino que reclasificaron el feminicidio a homicidio calificado por cometerse en contra de una mujer.
En la sentencia Toca 141/2020 relativo a la causa penal 10/2019, se dictó una pena de 43 años y nueve meses de prisión contra José Ricardo “N”; una multa de 93 mil 381 pesos y la reparación del daño por 165 mil 323 pesos.
La defensa pública del imputado solicitó revocar la sentencia y también dejar sin efecto la multa impuesta por reparación del daño.
En el resultado de la apelación que el Primer Tribunal de Alzada en Materia Penal de Toluca, dio a conocer este 3 de agosto, los magistrados modificaron el concepto de reparación del daño con adiciones referentes al daño moral por la cantidad de 175 mil 287 pesos y la reparación del daño a favor de los hijos de Eugenia Machuca, por la cantidad de 4 mil 802 pesos.
Es decir, un total de 180 mil 90 pesos, lo que representa una diferencia de 14 mil 767 pesos respecto a la cantidad establecida en un principio. Recursos que aún siguen siendo insuficientes para la manutención de los tres hijos de Eugenia.
“Una reparación del daño ridícula de 4 mil pesos a mis sobrinos, ¿qué les pasa? A unos niños a los que les fue arrebatada su madre, 4 mil pesos no me cabe en la cabeza”, expresó Elizabeth Machuca.
Gadiel Alcaraz Gil, asesor jurídico de la familia Machuca Campos, recordó que la Comisión de Atención a Víctimas del Delito elaboró un peritaje del caso y determinó que la reparación del daño debía superar los dos millones de pesos.
En el resolutivo, también se modificó el homicidio calificado por género a homicidio calificado por cometerse en contra de una mujer, cuando al justiciable se le dictó auto de vinculación por feminicidio.
“Así se formuló la acusación penal por el ministerio público. En octubre de 2019 en los alegatos de clausura del ministerio público se planteó la reclasificación del delito a homicidio calificado por razón de género, pues hay que recordad que no hubo acusación coadyuvante por parte de la Comisión de Víctimas del Delito”, explicó Alcaraz Gil.
Desde un principio no hubo la debida diligencia, y aunque los magistrados coincidieron en que el trabajo de la perito de la Comisión de Atención a Víctimas del Delito del Estado de México tuvo deficiencias y por ello no se estableció una reparación del daño adecuada, siguen estableciendo una cantidad mínima.
Dadas las irregularidades, anunció que promoverán un amparo para que se reconsidere la reparación del daño.
Eugenia Machuca Campos fue asesinada el 28 de octubre de 2017 en Ocoyoacac, Estado de México.