Dictamen pericial

En la enciclopedia de criminalística se define como, “El documento que resume todo el trabajo de criminalística y peritaje realizado en la investigación de un hecho delictivo”, este informe contendrá conocimientos científicos, técnicos y prácticos de hechos discutidos o circunstancias relevantes de un asunto del que se requerirá certeza, esta opinión será emitida de manera concisa y breve por un perito, volviéndose un elemento importante para un juez.

El dictamen no es una prueba definitiva y no puede sustituir la labor judicial, en ese sentido el juez no está obligado por la ley a tomarlo en consideración si así lo decidiera, sin embargo, este podrá ser de mucha ayuda para resolver el hecho que se está juzgando, cabe aclarar que dentro del juicio el perito es un tercero imparcial y sin relación con el caso que se está llevando a cabo, siendo solicitada su participación por el juez o por alguna de las partes involucradas en el conflicto como prueba pericial, en ese caso el juez puede solicitar que la otra parte también presente un peritaje, siendo al final la labor del juez decidir cuál de ellas aportara una conclusión aceptable para la resolución del conflicto.

La realización de un buen dictamen ofrecerá la certeza de la información ahí descrita, se debe tener extremo cuidado con la elección de cada palabra y expresión utilizada, en caso de que el informe este mal redactado, tenga errores, este incompleto o sesgado, esto será aprovechado por la parte contraria para desacreditar a la defensa lo que conllevaría el desprestigio del perito.

La estructura del dictamen se adecuará a las necesidades que el caso requiera, siendo el perito quien valores y determine la formalidad del documento y las partes con las que debe contar, que generalmente son: La portada, (ofreciendo título del caso, número de expediente, juez o magistrado asignado); Identificación de perito(s) (esta descripción debe incluir trayectoria, lo cual ofrecerá fuerza al informe); Los antecedentes o preámbulo, (en este espacio se describirán motivación y objetivo del informe); Peritaje de evidencias y objeto del informe, (es donde se describen los documentos examinados, así como las investigaciones realizadas para llegar a la verdad, esto debe seguir un protocolo legal); Bases teóricas y metodología empleada; Resultado del informe y conclusiones; Anexos, (esta parte ofrecerá información documental de antecedentes, estadísticas, bibliografía, entre otras, todo lo que dé soporte a las conclusiones del caso); finalizando con la firma del perito responsable donde dará fé de lo anterior.

Recordemos que los peritajes judiciales se dirigen a un público no familiarizado con la terminología jurídica, por lo que se debe redactar de forma fácil y comprensible dentro de lo posible, los términos técnicos que se lleguen a utilizar no deben obligar al lector o escucha a buscar la definición para comprender de que se está hablando. De igual manera a la hora de la redacción se deberá ser minucioso ofreciendo datos sobre los hechos ya que de esta forma no se sembraran dudas de la veracidad de las conclusiones.

El dictamen de un perito puede ser utilizado también como herramienta de negociación para la solución de un conflicto entre particulares sin que se tenga la necesidad de llegar a un juicio, ahorrándose costos y tiempo.

Beatriz Aguilar Alejandrez

Egresada de Universidad Xochicalco con Maestría en Docencia Universitaria y Máster en Criminología, Delincuencia y Victimología por la Universidad Internacional de Valencia. Desde hace más de 16 años me enfoque en materia civil para apoyar a las familias y el bienestar de sus hijos.

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