Mientras que en Oaxaca la pena por ataques con ácido y otras sustancias puede llegar hasta los 40 años de prisión, en el Estado de México esta agresión, cometida regularmente contra mujeres, se castigará con apenas 10 años de cárcel.
La reforma al Código Penal del Estado de México avalada este jueves por el Congreso estatal, consiste en adicionar la fracción XI al artículo 238, para quedar de la siguiente manera:
Cuando las lesiones se produzcan dolosamente mediante el uso de ácidos, sustancias corrosivas, o químicas o flamables, se aplicarán de cinco a diez años de prisión y de cien a doscientos días multa”.
En la iniciativa promovida por la diputada morenista, Mariana Uribe, no se proporcionan cifras sobre agresiones con ácidos y sustancias corrosivas en el contexto estatal, aunque existen casos como el de Carmen quien el 20 de febrero de 2014 fue rociada con ácido en el rostro por su expareja y desde entonces busca justicia. (Ver nota anterior)
No obstante, la diputada consideró que en materia legislativa existían vacíos legales que dejaban expuestas a las víctimas de estos ataques, en particular a las mujeres, y que permiten que sus agresores burlen el sistema de justicia.
En Oaxaca además de considerar este delito por razones de género e imponer una sanción de 20 a 30 años también se especificó que:
En caso de existir una relación de parentesco por consanguineidad, afinidad civil, matrimonio, concubinato, noviazgo, relación laboral o docente entre la víctima y el atacante, la pena podría llegar hasta los 40 años de prisión”.
Criterio que no se consideró en la iniciativa que este día los diputados y diputadas del Congreso del Estado de México aprobaron por unanimidad.
En México, los ataques con ácido no están considerados como delito en el Código Penal Federal.