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Pirotecnia: el límite de los municipios

Metepec prepara reglas desde el Bando Municipal, Toluca ya redujo su uso y Zinacantepec enfrenta talleres clandestinos, mientras la ley mantiene facultades federales sobre la actividad

 

La discusión sobre la pirotecnia en el Estado de México puso sobre la mesa los límites de los gobiernos municipales frente a una actividad cuya fabricación, almacenamiento, transporte y comercialización están sujetas a regulación federal, mientras los ayuntamientos buscan establecer condiciones para su uso dentro de sus territorios.

En Metepec, el gobierno municipal anunció que llevará la discusión al Bando Municipal, además de establecer medidas mediante Protección Civil, distancias de seguridad y protocolos para las mayordomías.

Toluca ya aplicó una reducción de hasta 50 por ciento en el uso y quema de pirotecnia durante fiestas patronales, mientras que en Zinacantepec el alcalde Manuel Vilchis Viveros reconoció la existencia de talleres clandestinos y expuso las dificultades que enfrenta el municipio para identificarlos y supervisarlos.

El foro realizado este sábado en Metepec colocó así una cuestión central: qué pueden regular directamente los municipios y qué actividades permanecen bajo competencia federal.

La ley marca la frontera

La Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos establece en su artículo 37 que corresponde a la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) el control y vigilancia de las actividades y operaciones industriales y comerciales que se realicen con artificios, explosivos y sustancias químicas relacionadas.

La misma disposición establece que los permisos para esas actividades corresponden a la Secretaría.

El artículo 41, fracción IV, inciso e) incluye a los artificios pirotécnicos dentro de las actividades y materiales regulados por este ordenamiento.

El régimen federal comprende distintas etapas de la actividad, entre ellas la fabricación, almacenamiento, transporte, comercialización y utilización de artificios pirotécnicos.

SEDENA cuenta además con procedimientos específicos relacionados con la compra, almacenamiento, venta, consumo y transporte de estos materiales.

La intervención de autoridades estatales y municipales existe dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, particularmente en materia de seguridad, prevención y protección civil, pero no sustituye las facultades federales sobre las actividades industriales y comerciales reguladas por la ley.

Metepec prepara reglas desde el Bando Municipal

El alcalde Fernando Flores Fernández explicó durante el foro que el Ayuntamiento pretende establecer medidas sobre aquellos aspectos que sí se encuentran dentro de sus atribuciones.

Entre las acciones planteadas se encuentran modificaciones al Bando Municipal, instrumentos de Protección Civil, distancias de seguridad y protocolos de protección animal para las mayordomías.

“No estoy en contra de la pirotecnia; nos gusta preservar las tradiciones que hay en el municipio, pero vamos a regular lo que podemos regular”.

Flores Fernández también reconoció la dificultad que representa supervisar la detonación de pirotecnia cuando ocurre dentro de domicilios particulares o durante festejos privados.

El alcalde señaló que el Ayuntamiento analizará la información recabada durante el foro para definir la ruta de trabajo que seguirá.

IMEPI: reducir permisos no necesariamente evita el acceso

El director del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia (IMEPI), Emmanuel Reyes Urban, planteó que algunas restricciones municipales pueden resultar insuficientes si no consideran la forma en que se mueve el producto.

Explicó que reducir determinados límites o permisos puede llevar a que los organizadores simplemente busquen adquirir la pirotecnia en otro municipio, por lo que una restricción territorial no necesariamente elimina el acceso a los artificios.

Su propuesta se orientó hacia mecanismos de capacitación obligatoria de Protección Civil para mayordomos y pirotécnicos, además de establecer distancias mínimas de seguridad para espectáculos como toritos, castillos y bombas, que pueden alcanzar hasta 130 metros, dependiendo de sus características.

Reyes Urban también señaló que los ayuntamientos y sus policías no tienen atribuciones para asegurar o transportar material explosivo, actividades que corresponden a las autoridades competentes.

Por ello, planteó que la discusión no se limite a la detonación, sino que considere también las condiciones de almacenamiento y transporte.

Transporte y almacenamiento también están regulados

La legislación federal no concentra la regulación únicamente en el momento de la quema.

El control de la actividad comprende la cadena que va desde la fabricación y almacenamiento hasta el traslado, comercialización y utilización de los artificios.

El planteamiento expuesto por IMEPI durante el foro puso énfasis precisamente en esa cadena y en las condiciones de seguridad bajo las cuales debe realizarse.

La diferencia es relevante: regular las condiciones de una celebración no equivale a controlar la fabricación, comercialización o traslado del producto, actividades sujetas al régimen federal.

Zinacantepec: talleres clandestinos y una supervisión limitada

El caso de Zinacantepec muestra otra dimensión del problema.

El alcalde Manuel Vilchis Viveros reconoció la existencia de talleres clandestinos de pirotecnia y explicó que el municipio enfrenta dificultades para conocer con precisión cuántos existen, debido a que parte de estas actividades puede realizarse dentro de domicilios particulares.

Al hablar de los establecimientos que cumplirían con la normativa, el alcalde señaló que podrían ser alrededor de dos los que operarían bajo las condiciones correspondientes.

La problemática quedó expuesta después de una explosión ocurrida recientemente en uno de esos sitios, tras la cual, según relató el alcalde, una persona murió y otras fueron trasladadas a hospitales.

Vilchis señaló que el municipio buscará trabajar de manera coordinada con SEDENA, el Gobierno del Estado y las autoridades federales, precisamente porque la regulación de la fabricación y manejo de la pólvora corresponde al ámbito federal.

El caso exhibe una diferencia entre regular las condiciones de una celebración que el Ayuntamiento conoce y supervisa, y detectar actividades clandestinas que ocurren fuera de los esquemas autorizados.

Toluca ya aplicó una reducción de 50 por ciento

Mientras Metepec prepara su ruta, Toluca ya tomó una medida concreta.

El Ayuntamiento informó el pasado 10 de julio que redujo hasta 50 por ciento el uso y quema de pirotecnia durante fiestas patronales, como parte de una estrategia de prevención y seguridad.

El Gobierno municipal también informó que Protección Civil interviene en las condiciones de seguridad de las celebraciones, con supervisión del manejo, almacenamiento y quema de pirotecnia, además de capacitación a los organizadores.

El Ayuntamiento señaló que estas acciones se realizan atendiendo recomendaciones de la Secretaría de la Defensa Nacional.

La medida de Toluca fue puesta bajo análisis durante el foro por Reyes Urban, quien señaló que limitar el uso en un municipio puede resultar insuficiente si quienes organizan las celebraciones adquieren el producto en otra jurisdicción.

El señalamiento coloca una diferencia entre restringir el uso dentro de un territorio y controlar la disponibilidad del producto, cuya comercialización está sujeta al ámbito federal.

IMEPI y Roa: dos aproximaciones al impacto ambiental

El componente ambiental también formó parte de la discusión.

Reyes Urban presentó estudios realizados en Tultepec sobre el comportamiento de las partículas generadas por la combustión de pirotecnia. De acuerdo con lo expuesto por el director del IMEPI, esas partículas pueden depositarse en el suelo aproximadamente cuatro horas después de la detonación, por lo que cuestionó que necesariamente exista una contaminación atmosférica permanente derivada de cada evento.

También señaló avances del sector en la sustitución de determinados insumos químicos por alternativas menos agresivas, con el objetivo de reducir riesgos para la salud y el ambiente.

El ambientalista Derik Roa, por su parte, plantea para Toluca una ruta distinta.

La iniciativa de reformas y adiciones al Bando Municipal de Toluca que presentó su grupo propone que, salvo las autorizaciones correspondientes, queden reguladas como conductas graves la quema, fabricación, almacenamiento y compra de artículos pirotécnicos para su venta a terceros.

El documento vincula esta propuesta con la calidad del aire, los residuos, los riesgos a la salud y los accidentes. También señala la presencia de percloratos, metales pesados y aerosoles sólidos asociados con espectáculos pirotécnicos.

Mientras IMEPI centró parte de su exposición ambiental en el comportamiento de las partículas y en la sustitución de determinados insumos, la propuesta de Roa amplía el planteamiento hacia la calidad del aire, los residuos y la regulación de distintas etapas de la actividad pirotécnica en Toluca.

Una reforma federal modificó el marco

El marco jurídico federal también tuvo modificaciones recientes.

El 29 de mayo de 2025 fue publicada una reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, que modificó diversas disposiciones relacionadas con el control, vigilancia y seguridad de las actividades reguladas.

La legislación vigente mantiene dentro del ámbito federal el control de actividades relacionadas con artificios y contempla facultades de verificación de SEDENA sobre las condiciones de seguridad de instalaciones y vehículos destinados a las actividades reguladas.

El marco también contempla la intervención de autoridades competentes en materia de Protección Civil dentro de sus atribuciones.

La distribución de competencias permite distinguir entre el control federal de la actividad regulada y las acciones municipales relacionadas con seguridad, prevención y condiciones de los eventos que ocurren dentro de cada territorio.

Tres municipios, tres escenarios

Metepec, Toluca y Zinacantepec muestran tres escenarios distintos frente a una misma actividad.

Metepec prepara modificaciones al Bando Municipal, además de medidas de Protección Civil, distancias de seguridad y protocolos para las mayordomías.

Toluca ya redujo hasta 50 por ciento el uso y quema de pirotecnia en fiestas patronales y mantiene acciones municipales relacionadas con las condiciones de seguridad de esas celebraciones.

Zinacantepec enfrenta talleres clandestinos y las dificultades para identificarlos y supervisarlos.

A ello se suma la discusión planteada por IMEPI sobre capacitación, distancias, almacenamiento, transporte y desplazamiento de la compra hacia otros municipios, así como la propuesta ambiental de Roa para incorporar restricciones específicas en Toluca y considerar los efectos de partículas, residuos, calidad del aire y combustión.

El debate que abrió Metepec se mueve así en dos terrenos: las medidas que los ayuntamientos pueden establecer sobre el uso y las condiciones de seguridad de la pirotecnia dentro de su territorio, y las actividades que permanecen bajo regulación federal. La frontera entre ambas competencias es la que ahora está sobre la mesa.

 

América Muñoz Herrera

Licenciada en Ciencias de la Comunicación. Periodista con más de 13 años de trayectoria en distintos medios de Comunicación de Veracruz y el Estado de México. También ha colaborado en gobiernos municipales. Su lema es que no es un producto terminado y está en constante aprendizaje.

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