El conflicto por límites territoriales entre Cuautitlán, México y Teoloyucan llegó al ámbito electoral sin que se acreditara violencia política contra el alcalde Luis Domingo Zenteno Santaella.
Por mayoría, las magistraturas del Tribunal Electoral del Estado de México consideraron que las expresiones de la alcaldesa Juana Carrillo Luna no constituyeron agresiones de naturaleza política.
Votos particulares ven sí violencia
Zenteno denunció fuerza física y psicológica en su contra por parte de Carrillo y del excomisario Héctor Ulises Castro Aguilar, así como declaraciones que —a su juicio— vulneraron su investidura.
Aunque tres magistraturas desecharon la acusación, la Magistrada Presidenta, Arlen Siu Jaime Merlos, sostuvo que frases como “pidió casi de rodillas la candidatura” y “gracias a mí usted es presidente municipal” sí menoscabaron la dignidad y la imagen pública del edil, configurando violencia política.
El Magistrado Héctor Romero Bolaños también votó en contra, pero por falta de competencia del Tribunal en este tipo de asuntos.
Facebook: perfiles sancionados por violencia de género
En un caso distinto, el Tribunal Electoral determinó que los perfiles de Facebook “Amigos de ASC” y “Descubriendo el lado oscuro de Ameca” incurrieron en violencia política en razón de género contra la candidata de Morena a la alcaldía de Amecameca, al publicar expresiones de carácter sexual y simbólico.
Las cuentas deberán permanecer tres años en el Registro de Personas Sancionadas por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, tanto del IEEM como del INE.
Revés para la CNHJ de Morena
El Pleno también revocó una resolución de improcedencia de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, relacionada con una queja intrapartidaria presentada por Juan José Olivas Islas, de Naucalpan.
Las magistraturas concluyeron que la CNHJ no cumplió con exhaustividad, congruencia ni adecuada fundamentación, por lo que deberá emitir un nuevo fallo.
Actividad jurisdiccional del día
Durante la sesión, el Tribunal resolvió:
- 16 juicios de la ciudadanía local,
- 2 procedimientos sancionadores ordinarios,
- 1 procedimiento especial sancionador.

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