Organizaciones civiles, como el Frente Nacional por la Familia, y padres de familia del Estado de México denunciaron que las iniciativas en análisis en el Congreso mexiquense podrían afectar tres derechos fundamentales: la vida, la objeción de conciencia y la educación libre de ideología.
Se trata de un conjunto de reformas que modificarían la Ley de Educación, la Ley de Asistencia Social, la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, el Código Administrativo y el Código Civil del Estado de México, presentadas por la diputada Zaira Cedillo Silva.
Los colectivos calificaron el paquete como un “Megalodón Legislativo”, argumentando que busca institucionalizar la interrupción legal del embarazo, promover contenidos sexuales desde edades tempranas y restringir la libertad de conciencia del personal médico.

Educación sexual integral desde la infancia
De acuerdo con el documento comparativo de las reformas, el nuevo artículo 86 de la Ley de Educación del Estado de México ordena que las autoridades educativas promuevan la educación sexual integral y reproductiva que implica el ejercicio libre de la sexualidad, la planificación familiar, el consentimiento y la paternidad responsable, así como acciones para prevenir embarazos en niñas y adolescentes.
El artículo 88 propone que el Gobierno estatal suministre productos para la gestión menstrual y métodos anticonceptivos a niñas y adolescentes conforme a su edad y madurez sexual, con base en su “capacidad de agencia”.
Organizaciones como Expo Vida y Familia y Con Participación Estado de México advirtieron que este tipo de redacciones abre la puerta a la sexualización precoz y excluye la participación de los padres en la orientación de sus hijos.
Reformas a la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Las modificaciones al artículo 31 añaden la obligación de ofrecer educación y servicios en materia de salud sexual y reproductiva, mientras que el artículo 32 incorpora políticas públicas para garantizar el “pleno cumplimiento del derecho a la salud con igualdad sustantiva y no discriminación”.
Asimismo, el nuevo artículo 42, fracción IX, establece que la educación impartida deberá ser “integral y sexual”, de acuerdo con la edad y madurez del menor, con la finalidad de ejercer de manera informada sus derechos sexuales y reproductivos.
Los colectivos advirtieron que esta redacción sustituye el enfoque preventivo de embarazos y enfermedades por un modelo de instrucción sexual desde la infancia, con un margen amplio de interpretación.
Código Administrativo: aborto y objeción de conciencia
El artículo 2.47 del Código Administrativo reconoce el derecho de mujeres y personas gestantes a decidir sobre la interrupción legal del embarazo, estableciendo que las instituciones públicas deberán brindar atención médica gratuita, universal y sin condicionamientos.
Además, el nuevo artículo 2.47 Bis obliga a las instituciones estatales de salud a informar sobre el derecho a interrumpir el embarazo durante las primeras 12 semanas de gestación y garantizar la atención médica “sin retrasos injustificados”.
Respecto a la objeción de conciencia, el artículo 2.47 Quáter la permite solo bajo condiciones específicas, pero establece cinco excepciones —riesgo vital, dolor, distancia, falta de personal y discriminación—, lo que, según organizaciones, anula en la práctica este derecho.
Código Civil: definición de persona
El artículo 2.1 del Código Civil sufre un cambio relevante: elimina la frase que reconoce como persona al ser humano “desde que es concebido”, limitando su definición a partir del nacimiento.
De acuerdo con los colectivos, esta modificación suprime la protección jurídica del concebido y forma parte del marco legal que busca armonizar la legislación estatal con la despenalización del aborto.
Contexto nacional: armonización tras fallo de la Suprema Corte
Las organizaciones recordaron que este paquete de reformas surge tras la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), emitida en septiembre de 2023, que declaró inconstitucional la criminalización del aborto en el país y ordenó armonizar los marcos legales estatales con los criterios federales en materia de derechos reproductivos.
Desde entonces, varios estados —incluido el Estado de México— han iniciado procesos de adecuación legislativa para garantizar el acceso a la interrupción del embarazo en instituciones públicas. Sin embargo, los colectivos sostienen que las modificaciones actuales van más allá de la armonización jurídica, al incluir aspectos de educación y conciencia médica que no derivan directamente de la sentencia de la Corte.
Dato de contraste: rezago en educación y salud
Datos del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) señalan que más del 37% de los planteles educativos en el Estado de México carecen de agua potable o sanitarios funcionales, mientras que la Secretaría de Salud federal reporta que la entidad ocupa el séptimo lugar nacional en muertes maternas, con 48.9 decesos por cada 100 mil nacimientos.
Para los colectivos, estas cifras evidencian la urgencia de atender carencias estructurales en salud y educación antes de destinar recursos a la implementación de nuevas políticas reproductivas.
Exigen detener las reformas y abrir mesas de diálogo
Durante la conferencia de prensa, los voceros de las organizaciones señalaron que estas reformas se están promoviendo sin consulta ciudadana y a espaldas de los padres de familia y la comunidad médica.
Exigimos ser escuchados y tomados en cuenta. No podemos permitir que se eliminen derechos fundamentales bajo el argumento de la modernidad”, expresaron.
También anunciaron el lanzamiento de una campaña en la plataforma Actívate.mx, con la que invitan a los ciudadanos a firmar y exigir al Congreso del Estado de México detener la discusión del paquete legislativo hasta que se realice un debate público con expertos.

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