¿Cambio real en la UAEMéx o simulación del voto?

Tras siete semanas de conflicto universitario marcado por paros estudiantiles, la toma de la Rectoría y la renuncia del exrector Carlos Eduardo Barrera Díaz, la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEMéx) puso a consulta una propuesta de reforma al Estatuto Universitario.

El objetivo: permitir que la comunidad universitaria —alumnado, personal académico y administrativo— elija directamente a quien ocupe la Rectoría.

La iniciativa responde a una de las principales demandas del Movimiento Estudiantil, que exigió democratizar los procesos internos y transparentar la sucesión en la máxima autoridad universitaria.

Qué propone la reforma

De acuerdo con el documento oficial, disponible en el sitio reforma.uaemex.mx, la modificación incluye los artículos 100 al 105 del Estatuto Universitario. El cambio más significativo es al artículo 100, que plantea eliminar la designación por parte del Consejo Universitario y sustituirla por una votación directa, personal, libre y secreta.

En lugar del modelo actual, el Consejo Universitario designaría a la persona que obtenga la mayoría del voto universitario para ocupar la Rectoría por un periodo ordinario de cuatro años.

El proceso incluiría las siguientes fases:

  • Publicación de la convocatoria,
  • Registro y calificación de aspirantes,
  • Jornadas de promoción y comparecencias institucionales,
  • Auscultación cualitativa,
  • Votación de la comunidad universitaria,
  • Designación y toma de protesta.

Cambios clave en otros artículos

Los artículos 101, 102 y 103 se ajustan para incluir el lenguaje incluyente (como “Rectora” además de “Rector”) y establecer que las comparecencias se realizarán no solo en facultades, sino también en preparatorias, centros universitarios, unidades académicas y otras dependencias.

El artículo 104 redefine el proceso de auscultación cualitativa, que se realizará en dos etapas:

  1. Presentación de planes de trabajo y perfiles personales y académicos, los cuales se difundirán en una plataforma digital.
  2. Un debate público entre aspirantes.

Además, se deroga el mecanismo anterior en el que las y los consejeros realizaban auscultaciones cuantitativas entre sus representados.

En su lugar, se propone el nuevo Artículo 104 Bis, que establece la votación como parte final del proceso. Esta etapa cuantitativa permitiría a toda la comunidad universitaria votar directamente.

Un voto, un sector

Para garantizar representatividad, el Artículo 104 Ter establece que el voto de cada sector (alumnado, personal académico y personal administrativo) tendrá el mismo peso. En cada espacio universitario se contabilizarán los votos por sector, y se sumarán uno por uno para determinar al ganador.

La Comisión Especial Electoral será la encargada de vigilar el procedimiento, en coordinación con otras instancias universitarias.

Últimas etapas y casos de empate

El artículo 105 propone que la sesión extraordinaria del Consejo Universitario para oficializar la designación se transmita por los medios institucionales. También se añade un Artículo 105 Bis, que regula los casos de empate: si dos personas obtienen igual número de sectores ganados, se hará un nuevo conteo de votos entre ellas, y resultará electa quien tenga mayoría simple.

Compromiso institucional

Con estas modificaciones, el H. Consejo Universitario afirma dar respuesta a una de las principales exigencias del Pliego Petitorio presentado por el Movimiento Estudiantil, en el marco del conflicto universitario de 2025.

La consulta sobre la reforma está abierta desde el 12 al 18 de junio, y la comunidad universitaria puede participar a través del sitio oficial reforma.uaemex.mx.

 

América Muñoz Herrera

Licenciada en Ciencias de la Comunicación. Periodista con más de 13 años de trayectoria en distintos medios de Comunicación de Veracruz y el Estado de México. También ha colaborado en gobiernos municipales. Su lema es que no es un producto terminado y está en constante aprendizaje.

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