Protección pendiente: el riesgo de ser activista en Edomex

En el Estado de México, el Código Penal no tipifica las amenazas de muerte como un delito autónomo. Este vacío legal deja a activistas, defensores de derechos humanos y líderes de colectivos sin la protección necesaria para continuar su trabajo sin temor.

En su artículo 266, el Código Penal del Estado de México vigente desde 2005, solo reconoce las amenazas en el contexto de extorsión o coacción económica. Sin embargo, este marco no incluye casos donde la amenaza tiene un propósito intimidatorio.

Como defensor de derechos recibo amenazas; y el Estado no me protege», señaló Asiel de la Rosa Cano representante del colectivo “Nos necesitamos juntas”, quien ha sido objeto de hostigamiento por su trabajo en favor de la justicia social.

Como él, dijo, «la falta de un marco legal que tipifique las amenazas de muerte deja a muchos en una situación de vulnerabilidad, donde el miedo se convierte en un compañero constante en nuestra lucha por la justicia».

Esta realidad afecta no solo a quienes reciben amenazas directamente, sino también a sus familias y comunidades, que viven con la incertidumbre y el temor de represalias.

Según la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad 2024, el 10.1 por ciento de los delitos se identificaron como amenazas verbales, con un total de 3 mil 346 casos, posicionándose como el quinto delito con mayor incidencia a nivel nacional.

La ausencia de protección adecuada por parte del Estado limita la capacidad de los defensores de derechos humanos para actuar con libertad y eficacia, lo que a su vez socava los esfuerzos por promover la justicia social y los derechos fundamentales en el Estado de México.

En contraste, la Ciudad de México y otros estados han incorporado en sus códigos penales la tipificación de las amenazas de muerte como un delito específico. Esto permite que las víctimas puedan acudir a las autoridades y recibir una respuesta judicial adecuada.

Cabe recordar que, en marzo de 2023, los entonces diputados de Morena, Daniel Sibaja y Azucena Cisneros, junto con otros legisladores, presentaron una iniciativa para subsanar este vacío legal.

La propuesta plantea tipificar el delito de amenazas, especificando penas de hasta un año de prisión para los agresores.

En su oportunidad, enfatizaron la urgencia de crear un marco legal que permita sancionar estos actos, independientemente de si la amenaza se materializa.

La iniciativa presentada por los diputados de Morena para tipificar las amenazas de muerte no está incluida en las 180 propuestas que la LXII Legislatura planea rescatar. Esto significa que, a pesar de su relevancia, el proceso legislativo para establecer un marco legal que proteja a las víctimas de amenazas no avanza en este momento.

Para De la Rosa Cano es fundamental que la actual Legislatura retome la propuesta de reforma para alinear el Código Penal del Estado de México con el de otras entidades.

Esta acción, no solo fortalecería la protección de los derechos humanos, sino que también brindaría un marco legal más robusto para las víctimas de amenazas, permitiéndonos acceder a la justicia de manera efectiva.»

América Muñoz Herrera

Licenciada en Ciencias de la Comunicación. Periodista con más de 13 años de trayectoria en distintos medios de Comunicación de Veracruz y el Estado de México. También ha colaborado en gobiernos municipales. Su lema es que no es un producto terminado y está en constante aprendizaje.

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